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ELECCIONES A CONSEJO ESCOLAR 2024

Lunes, 28 Octubre, 2024

 

Estimada familia:

Por la presente, nos ponemos en contacto con ustedes para informarles sobre el proceso de elecciones a los Consejos Escolares.

La celebración de las elecciones tendrá lugar el próximo día 27 de noviembre de 2024.

El plazo de presentación de candidaturas es hasta el día 8 de noviembre mediante la presentación de una instancia que se encuentra en la oficina de administración o secretaria y que además le adjuntamos.

Dada la importancia de las decisiones que se toman en dicho órgano colegiado le invitamos a participar en dicho proceso.

Las funciones del Consejo Escolar son las siguientes:

  1.  Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
  2.  Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
  3.  Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  4. Participar en la selección de la persona responsable de la dirección del centro
  5. Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas
  6. Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
  7.  Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
  8. Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la normativa vigente.
  9.  Promover progresivamente la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
  10.  Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  11.  Analizar y valorar el funcionamiento general del centro
  12. Elaborar propuestas e informes
  13.  Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.
  14.  Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de Educación.

Un cordial saludo

Luis Antonio Zopeque Sánchez

Director IES Francisco de Quevedo

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